En un mundo altamente globalizado, es habitual que las empresas busquen nuevos nichos de inversión y oportunidades fuera de las fronteras nacionales, como es el caso de las filiales, sucursales o similares que se instalan en otros países en los que los costes de producción pueden ser inferiores o que tienen una serie de conexiones estratégicas hacia otros mercados, como es el caso del Reino de Marruecos. Marruecos se ha considerado por muchos expertos como la puerta de entrada a África, además de contar con una serie de elementos clave en materia de tributación que han posicionado al país como un reclamo idóneo a nivel de inversión, especialmente en lo que respecta a la inversión europea. Considerando estos aspectos, España ha ampliado su Inversión Extranjera Directa hacia el país africano, además de contar con una serie de tratados bilaterales en materia de Seguridad Social y doble imposición, permitiendo que cientos de trabajadores decidan extender su carrera laboral en Marruecos. No obstante, durante el asentamiento de las empresas españolas puede surgir la necesidad de mano de obra cualificada, o puestos de mando intermedios que necesitan ser desplazados a esta nueva sucursal, surgiendo de esta forma la figura del trabajador expatriado. A tenor de los antecedentes antes expuestos, el principal objetivo de esta investigación es indagar en la figura del trabajador expatriado en Marruecos, intentando definir de forma clara los elementos propios del mismo, los derechos y deberes de este colectivo, la configuración jurídica y los aspectos clave de los convenios celebrados entre ambos países, realizando un repaso por las diversas publicaciones al respecto, normativa aplicable, y jurisprudencia que ha abordado los posibles problemas de este colectivo.